PRIMERO: MARKETCARS S.A.S. se compromete a implementar todas las medidas necesarias para garantizar un
tratamiento idóneo de los datos personales y a cumplir con las disposiciones vigentes en la materia. Los derechos que le
asisten como Titular son los establecidos en la Ley 1581 de 2012 (Ley General de Protección de Datos) y la Ley 1266 de
2008 (Ley Especial para el hábeas data financiero y crediticio), los cuales se resumen en actualización, rectificación,
cancelación y oposición de información de conformidad con lo señalado en la normatividad vigente en la materia que le
sea aplicable. En consecuencia, al suscribir este contrato de venta entre el PROPIETARIO y los COMPRADORES
confirman su plena voluntad de AUTORIZAR EXPRESAMENTE a la EMPRESA MARKETCARS S.A.S. para realizar
el Tratamiento de los datos personales que han suministrado a éste, bien directamente o bien a través de alguna
empresa evaluadora de riesgos. Igualmente aceptan que conocen sus derechos en materia de protección de datos los
cuales podrán ejercitar mediante correo electrónico.
PARAGRAFO PRIMERO: Expreso y autorizo que toda la información anteriormente suministrada es verídica y puede ser
utilizada a fines comerciales al firmar este contrato.
PARAGRAFO SEGUNDO: Dando cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 LA EMPRESA MARKETCARS S.A.S. se abstendrá
de suministrarle al comprador del vehículo los datos personales de los titulares del Contrato de compraventa (comprador
y Deudores Solidarios), como tampoco copia del Contrato de venta.
SEGUNDO: ORIGEN DE INGRESOS: Las Partes declaran que tanto los recursos utilizados en la ejecución de las
obligaciones contraídas, como sus ingresos, provienen de actividades lícitas y que no se encuentran con registros
negativos en listados de prevención de lavado de activos nacionales o internacionales, ni incurren en una de las dos
categorías de lavado de activos (conversión o movimiento) y que, en consecuencia, se obligan a mantener indemnes a
la otra Parte por todos los perjuicios que se llegaren a causar como consecuencia de esta afirmación. Conforme a lo
anterior, será justa causa de terminación del Contrato la compraventa de cualquiera de las Partes, sus socios o sus
administradores en los listados de la OFAC o de cualquier otra autoridad local, extranjera o internacional como sospechoso
de actividades narcotráfico o de lavado de activos.